Continúan en Xalapa las medidas de prevención del Coronavirus

Vigente, la suspensión de las actividades económicas y sociales no esenciales

Xalapa, Ver.- Con la finalidad de evitar la aglomeración de personas, contribuir a la reducción de la movilidad social, evitar la propagación del Coronavirus (Covid-19) y disminuir el número de contagios, en el municipio de Xalapa se mantendrán las medidas sanitarias de prevención y la suspensión temporal de las actividades no esenciales, así lo establece el Acuerdo PM/008/2020, publicado este lunes en la Gaceta Municipal.

El documento indica que aun cuando la Jornada Nacional de Sana Distancia concluyó el 30 de mayo, puesto que en el estado de Veracruz el pico de la epidemia aún no se ha alcanzado y Xalapa no está contemplada dentro de los Municipios de la Esperanza declarados por la Federación, se conservarán las medidas precautorias para proteger la vida y la salud de la ciudadanía, así como la suspensión temporal de actividades económicas, sociales y de giros comerciales no esenciales.

En virtud de ello, siguen vigentes las medidas preventivas extraordinarias contempladas en los acuerdos PM/002/2020, PM/003/2020, PM/004/2020, PM/007/2020, publicados el 21 de marzo, 2 de abril, 6 de mayo y 15 de mayo en la Gaceta Municipal, así como el Acuerdo de Cabildo 45, del 31 de marzo, mediante el cual se autoriza el cierre temporal de los parques.

Además, se mantiene la suspensión de actividades para el consumo y venta de bebidas alcohólicas en todas sus presentaciones, así como sus derivados en envase abierto, cerrado o preparado, todos los viernes, sábados y domingos.

Estas disposiciones se deberán cumplir hasta que las medidas sanitarias emitidas por las autoridades competentes lo permitan, de conformidad con lo establecido en el Sistema del Semáforo Epidemiológico Regional.

El Acuerdo indica que no se podrán reanudar las actividades laborales no esenciales, las escolares ni la movilización en espacios públicos.

A partir de este 1 de junio de 2020, únicamente se podrán retomar las de la industria de la construcción, la minería y la referente a la fabricación de equipo de transporte, al ser consideradas como esenciales, siempre y cuando hayan acatado los lineamientos de seguridad sanitaria en el entorno laboral decretados por la Secretaría de Salud, en coordinación con las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

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