La legislación entrará en vigor a partir de este viernes 8 de enero
El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este jueves el decreto del Congreso de la Unión por el que expide la Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia.
El documento, que también adiciona una fracción VI al artículo 161 Bis de la Ley General de Salud, entrará en vigor este viernes 8 de enero.
El nuevo ordenamiento legal contiene 32 artículos, divididos en tres títulos: “Disposiciones Generales”, “De las Autoridades” y “Diagnóstico Oportuno y Referencia Temprana”.
Establece que las dependencias de la administración pública del Sistema Nacional de Salud implementarán las medidas necesarias para la atención integral y universal de los menores de 18 años con sospechas o diagnóstico de cáncer.
Especifica que serán la Secretaría de Salud, el Consejo Nacional para la Prevención y el Tratamiento del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia, y el Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, las encargadas de instrumentar esta legislación.
Su objetivo es disminuir la mortalidad de niñas, niños y adolescentes con cáncer, al otorgarles un diagnóstico temprano y acceso efectivo a un tratamiento oportuno, integral y de calidad.
Asimismo, brindar capacitación continua al personal de salud, disminuir el abandono del tratamiento, contar con un registro fidedigno y completo de los casos de esta enfermedad, e implementar campañas de comunicación masiva para crear conciencia social sobre el cáncer en la infancia y adolescencia.