• Corren riesgos que implican la denegación de sus derechos fundamentales como adolescentes
• El diputado Calderón Medina (Encuentro Social) presentó reformas a la Ley Federal del Trabajo
Ciudad de México. El diputado Samuel Calderón Medina, de Encuentro Social, impulsa una reforma al artículo 331 Bis la Ley Federal del Trabajo, a fin de establecer que las personas trabajadoras del hogar mayores de quince y menores de dieciocho años no podrán residir en el domicilio donde realicen sus actividades.
Lo anterior, dijo, debido a que corren riesgos que implican la denegación de sus derechos fundamentales, tales como educación, salud, descanso, esparcimiento, juego, actividades recreativas, recibir los cuidados adecuados y mantener contacto regular con sus padres y otros adolescentes. Estos factores pueden tener un impacto físico, psicológico y moral en su desarrollo, salud y bienestar.
En una iniciativa turnada a la Comisión del Trabajo y Previsión Social, el legislador, integrante de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia, señaló que las labores del hogar realizadas por adolescentes, cuando interfieren en su educación o son excesivas, contradicen la legislación nacional e internacional en materia de derechos de la niñez.
Detalló que algunos de los riesgos más frecuentes que enfrentan las y los adolescentes en el servicio doméstico son las largas y extenuantes jornadas; utilización de sustancias químicas tóxicas; transporte de cargas pesadas; manipulación de instrumentos peligrosos como cuchillos, hachas y cacerolas calientes; alojamiento y alimentos inadecuados e insuficientes; trato humillante o degradante, incluida la violencia física, verbal y abuso sexual.
Calderón Medina refirió que de acuerdo con el Informe de avance sobre el progreso y los desafíos regionales de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de la Comisión Económica para la América Latina y el Caribe, México es el segundo país de la región con mayor prevalencia de trabajo infantil. Un total de 2 millones 217 mil 648 niñas, niños y adolescentes trabajan, lo que equivale a un 7.5 por ciento de la población infantil del país.
Enfatizó que el trabajo infantil tiene consecuencias negativas en el desarrollo cognitivo, emocional y social debido a que afecta a su calidad de vida y salud. Son más vulnerables al impacto físico del trabajo, sufren más accidentes laborales, reduce su rendimiento académico y empeora su experiencia escolar, sobre todo cuando hacen trabajos de mayor intensidad o dedicación.
Subrayó que la participación de adolescentes en la fuerza de trabajo es variada porque responde a los cambios sociales y del mercado; a ello se agrega la flexibilidad de la enorme y desprotegida potencial fuerza de trabajo infantil.
La pobreza, exclusión social, movilidad de la mano de obra, discriminación, falta de suficiente protección social y de oportunidades de educarse inciden en la situación del trabajo infantil, aseveró el legislador.
Por ello, se pronunció por el respeto a los derechos de las y los adolescentes, bajo cualquier circunstancia, a estar protegidos contra la explotación económica, tener educación, descanso, esparcimiento, y actividades recreativas propias de su edad.