• Urge enfrentar esta arista del feminicidio para resarcir la deuda tenemos con ellas: diputada Corona Nakamura (PVEM)
• Presenta reforma al Código Penal Federal
Ciudad de México. La diputada María del Rocío Corona Nakamura (PVEM) presentó una iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 325 del Código Penal Federal, a efecto de aumentar hasta en una mitad la sanción prevista para el delito de feminicidio cuando la víctima se encuentre embarazada o sea menor de edad.
En su propuesta, enviada a la Comisión de Justicia con opinión de la de Igualdad de Género, refiere que la ley vigente establece que a quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días multa.
Destaca en la exposición de motivos que el feminicidio ha sido un pendiente insoluto desde hace muchos años y ha crecido “como una bola de nieve”, colocando a México entre los primeros lugares en Latinoamérica.
Señala la obligación de asumir con urgencia y celeridad el compromiso de combatir, sancionar, denunciar y prevenir todos los delitos, más aún si se trata del feminicidio, el cual no inicia ni termina con la muerte de la mujer pues también se victimiza a las hijas, hijos y familiares.
Tenemos una corresponsabilidad real con los tres ámbitos de gobierno para brindar seguridad a la población y promover la denuncia, proteger a las víctimas directas o indirectas de los delitos, salvaguardar la reparación del daño y garantizar la protección, paz y la tranquilidad en todos y cada uno de los rincones del país, indica.
Menciona que, de acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) en 2021 se registraron 1,006 feminicidios, y hubo 2,747 muertes de mujeres que fueron catalogadas como homicidios dolosos.
El feminicidio de niñas y mujeres embarazadas –-agrega– es una arista que no debe seguir pasando inadvertida. De acuerdo con información oficial del SESNSP, entre enero de 2015 a junio de 2021, se registraron al menos 1,226 homicidios dolosos de niñas.
“En otras palabras, cada 2 días una menor de edad fue asesinada y el crimen fue catalogado como homicidio doloso, lo que impidió que los agresores recibieran un castigo justo por el acto cometido en contra de esa menor de edad, de toda su familia y la sociedad en su conjunto”, precisa.
Considera que esta situación se ve potencializada y alentada “por la gran incapacidad, opacidad y complicidad que priva sistemáticamente entre nuestras autoridades, lo cual les impide clasificar adecuadamente los asesinatos como feminicidios”.
Sostiene que el feminicidio debe ser sancionado sin titubeos y con todo el peso de la ley, pues “es inconcebible que como sociedad, autoridades y gobierno no tengamos la capacidad de reaccionar ante un delito, situación y escenario no solo grave y altamente preocupante, sino también sumamente hiriente e indignante: el feminicidio de una menor de edad o una mujer embarazada”.
El objetivo de la reforma es resarcir “un poco la deuda que tenemos pendiente con todas esas niñas, adolescentes y mujeres embarazadas y sus familias que no pudimos proteger ni garantizar la salvaguarda de su vida”, enfatiza.