• El exministro de la SCJN señala que lo esencial en cuanto a las garantías para hacer valer los derechos exigen que quienes van a intervenir como garantes de los mismos deben estar caracterizados por su independencia, autonomía, imparcialidad y competencia profesional
• Se debe reformar la justicia; considerar que el problema se resuelve eligiendo popularmente a las y los ministros de la SCJN es una reducción de la magnitud del problema; se requiere una Secretaría de Justicia federal
Ciudad de México. Diego Valadés Ríos, jurista y exministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), consideró que someter a consulta popular la elección de las y los ministros del máximo tribunal podría afectar las garantías en cuanto a la elección de una persona y no a su selección.
En el marco de la inauguración de los conversatorios “Participación Ciudadana para la Transformación del Poder Judicial”, subrayó que lo esencial en cuanto a las garantías, -que son las formas de cumplimiento o los instrumentos de los que disponemos los justiciables-, “para hacer valer nuestros derechos, exigen que quienes van a intervenir como garantes de (los mismos) estén caracterizados por su independencia, autonomía, imparcialidad y, por supuesto, su competencia profesional”.
Por lo anterior, refirió que el artículo 35 constitucional dispone que no se puede someter a consulta la restricción de los derechos fundamentales ni sus garantías y también asigna a la SCJN la calificación de la constitucionalidad de la convocatoria.
“Esto es, la propia Corte tendría que estar convencida de que la elección de sus integrantes es la mejor forma de garantizar o de confirmar las garantías para los derechos fundamentales”, dijo.
Sin embargo, cuestionó: “¿qué pasaría si la Corte dice esto no encaja en el artículo 35 y después de un proceso de que haya llevado x tiempo, y al declarar la Corte inconstitucional la convocatoria? Bueno, creo que se produciría un desencuentro crítico entre un órgano del poder, que es el Congreso y otro órgano del poder, que es la Corte, y yo no le vería sinceramente ventajas”.
“¿Cómo podemos los electores tener la seguridad de que quien elegimos reúne las características de imparcialidad, de independencia de autonomía y de competencia profesional?”, preguntó.
Por ello, el jurista sostuvo que si la elección fuera garantía de esos elementos “no habría discusión entre ustedes diputadas y diputados con sus otros colegas de otras formaciones políticas porque todos serían perfectos. Si la sola elección es una garantía de perfección, entonces, esta Cámara y la otra tendrían que funcionar por unanimidad y esto no es así”.
Durante la mesa “Soberanía popular, fortalecimiento de la democracia directa y vinculación ciudadana para revisar y modificar del régimen designaciones de cargos en la Suprema Corte”, comentó que la integración de la Corte es crucial, por lo que en un sistema constitucional y en una democracia no hay nada que no se toque, pues señaló “justamente esa es la característica de un sistema democrático, abierto”.
Sobre la designación de las y los ministros, el exministro comentó que podría mejorarse, ya que en muchos sistemas para la integración de las candidaturas de quienes deben formar o van a formar parte de la Corte se consulta al foro como a los litigantes, la academia, a la judicatura, organizaciones sociales; «se podría también hacer una consulta a la población, dando nombres de personas que podrían ser consideradas”.
“Sí hay que revisar el procedimiento de elección o de selección de los ministros de la Corte, como hay que revisar el procedimiento de designación del presidente de la Corte, que es altamente divisivo. Y, aprovecho para decir que la construcción de la Corte obedece al modelo de presidencialismo hegemónico que caracteriza a nuestro país”, expuso.
Enfatizó en que no es posible que se haya puesto al presidente en la Corte también como presidente del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), por lo que aseveró que “este esquema presidencialista ya tiene que dar lugar a otro modelo, (ya que) el presidente o la presidenta de la Corte no es más que una moderadora de debates, y debe ser sustituida cada año por el orden que se asigne, antigüedad, alfabeto, el criterio que se quiera para que no haya hegemonías de poder dentro de los órganos de justicia”.
Valadés Ríos aseguró que se debe reformar la justicia, sin embargo, explicó que considerar que el problema se resuelve eligiendo popularmente a las y los ministros es una reducción de la magnitud del problema de justicia del país, pues dijo es mucho más profundo.
En 1917, a unas horas de que concluyera el Congreso, el 31 de enero, se tomó la decisión de cancelar la secretaría de instrucción pública y la de justicia.
Unos años después, en 21, la primera reforma constitucional que se introdujo fue justamente al décimo cuarto transitorio que había suprimido la secretaría de instrucción pública y se restableció la Secretaría de Educación Pública promovida por Vasconcelos, pero nadie ha vuelto a pensar desde 1917 a la fecha en que no tenemos Secretaría de Justicia.
Por lo anterior, sostuvo que se requiere una Secretaría de Justicia federal, la cual recordó que desde 1917, las y los diputados de aquel entonces “no dieron ninguna razón y lo votaron de manera expeditiva a unas horas del cierre del Congreso, sin decirnos por qué y lo dimos por bueno. ¿Qué quiere decir? En el orden constitucional que entendemos que lo que no está reservado para la Federación se encuentra en facultado para los estados”.
El exministro mencionó que la primera Secretaría de Justicia estatal se creó en Chiapas, y ahora hay una en el Estado de México.
“El Estado mexicano es el único de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) que no tiene secretario de justicia, esto es, es un gobierno que desde 1917 hasta 2023 carece de política de justicia”.
Por ello, Valadés Ríos dijo que los rezagos en la materia son muchísimos, por lo que abundó que “tenemos que hacerle juicio al amparo, porque también lo que estamos viendo son excesos, que no corresponden a los soldados son imputables, a los ministros, es un sistema que se construyó en 1841, el del amparo para contrarrestar la dictadura de Antonio López de Santa Ana y desde entonces tomamos el sistema de amparo en México como una forma de defendernos ante la arbitrariedad del poder político”.
“Hoy vivimos en una democracia, no tenemos por qué seguir construyendo al amparo y considerándolo, como la forma de defendernos ante el poder político, para eso está también el Congreso, que no existía en el siglo XIX y que casi no existió en el siglo XX hasta que se hizo plural”, agregó.
Valadés Ríos consideró que no depende de la voluntad de los integrantes del Poder Judicial, sino “de que no le hemos hecho juicio al amparo.
“El amparo administrativo es un anacronismo que tiene que ser revisado, el amparo fiscal es otro anacronismo, para eso necesitamos una Secretaría de Justicia o si se quiere, si no se quiere reformar la Constitución, una Comisión Nacional de Justicia que vea estos problemas, aporte lineamientos de política de justicia para el país y nos permita encontrar una solución general a este problema”, concluyó.