La Secretaría de Gobierno (SEGOB) informa que al haber conocido los resultados del Informe del Órgano Técnico de Consulta se concluyó de manera unánime, que ningún candidato acreditó, durante el proceso de evaluación, las capacidades, habilidades y conocimientos idóneos a las exigencias para ser Titular de la Comisión Estatal de Búsqueda
La Ley en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en sus artículos 31 y 32, establece los requisitos y la forma de selección y nombramiento para ser titular de esta comisión. La SEGOB realizó una consulta pública con los colectivos de víctimas, personas expertas y organizaciones de la sociedad civil especializadas en la materia.
Los candidatos fueron evaluados por un Órgano Técnico de Consulta, conformado por dos representantes de la sociedad civil, dos de la academia, así como de la Fiscalía General del Estado (FGE), la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y la Secretaría de Gobierno. Este órgano llevó a cabo una metodología y proceso riguroso de evaluación.
En su informe, dicho Órgano Técnico de Consulta determinó que ninguno de los candidatos obtuvo una calificación suficiente para ser elegible al cargo de titular de la Comisión Estatal de Búsqueda.
Al conocer el resultado de las evaluaciones, la Secretaría de Gobierno determinó no proponer a ninguno de los postulantes, por lo que se deberá llevar a cabo un nuevo proceso de selección de acuerdo a lo estipulado en la Ley en materia de desaparición de personas.
Con base en esta determinación, el Gobernador del Estado solicitó a su vez al secretario de Gobierno proponer a una persona encargada de la Comisión Estatal de Búsqueda hasta en tanto se vuelva a emitir la convocatoria y se concluya con el proceso de selección correspondiente, tomando en cuenta a los familiares de personas desaparecidas y organizaciones acompañantes especializadas en la materia.